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title: "El Gobierno reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes"
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description: "La medida alcanza a los hospitales nacionales y exige un seguro o pago previo para las prestaciones habituales. Las emergencias seguirán garantizadas. Salta aplica este criterio desde febrero de 2024."
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date_published: "2026-08-11T14:04:00-03:00"
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tags:
  - "cobro"
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  - "Gobierno Nacional"
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  - "pago"
author_name: "Javier Puebla"
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# El Gobierno reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes

![El Gobierno reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes](/download/multimedia.normal.9bad74f70814ae78.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*El Gobierno reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes*

El Gobierno nacional reglamentó el cobro de las prestaciones médicas habituales brindadas a extranjeros que no tengan residencia permanente en el país. La disposición se aplicará en los hospitales administrados por el Estado nacional, mientras que la atención ante emergencias continuará garantizada sin importar la situación migratoria del paciente.

La medida fue establecida mediante la Resolución 1066/2026, firmada por el ministro de Salud, Mario Lugones, y publicada en el Boletín Oficial. Entrará en vigencia este miércoles y reglamenta los cambios introducidos en la Ley de Migraciones por el Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025.

Las personas extranjeras con residencia permanente podrán acceder al sistema público nacional en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos. Para acreditar esa situación deberán presentar el DNI vigente en el que conste expresamente esa categoría migratoria.

En caso de extravío o renovación del documento, se aceptará temporalmente la constancia digital de residencia permanente en trámite emitida por la Dirección Nacional de Migraciones mediante el sistema Radex, acompañada por el pasaporte o el documento de identidad del país de origen.

**Cómo funcionará el cobro**

Los extranjeros que no acrediten residencia permanente deberán presentar un seguro de salud que cubra la prestación solicitada o abonar previamente el arancel correspondiente. Los valores serán determinados según el nomenclador vigente de cada establecimiento.

Cuando el paciente cuente con cobertura, el hospital deberá conformar un legajo, notificar a la aseguradora dentro de las primeras 24 horas y emitir una factura electrónica. La compañía tendrá un plazo de 45 días corridos para pagar; de lo contrario, podrán iniciarse acciones judiciales para recuperar el dinero.

En las prestaciones programadas para pacientes sin seguro, como consultas, estudios o intervenciones, el establecimiento elaborará un presupuesto y exigirá el pago total antes de efectuar la práctica.

La reglamentación aclaró que ningún trámite administrativo podrá demorar o condicionar la evaluación de una posible emergencia. La determinación quedará exclusivamente a cargo del profesional de la salud responsable y, ante una duda inicial, deberá priorizarse la atención inmediata.

Entre las situaciones exceptuadas se encuentran los paros cardiorrespiratorios, infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras extensas, intoxicaciones y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales.

Una vez superada la emergencia, el hospital podrá facturar los gastos generados desde la estabilización del paciente hasta el alta médica, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Ministerio de Salud.

**Qué pasa en Salta**

El ministro de Salud Pública de Salta, Federico Mangione, respaldó la decisión nacional y aseguró que la aplicación de una política similar tuvo resultados positivos en su provincia.

"Creo que es una muy buena decisión. A nosotros nos dio muy buen resultado", afirmó Mangione. Según explicó, actualmente los hospitales ubicados en zonas fronterizas reciben entre tres y cuatro pacientes extranjeros por mes, una cifra considerablemente menor a la registrada antes de la implementación del cobro.

Salta aplica desde febrero de 2024 un régimen propio, inicialmente dispuesto por el DNU provincial 129/2024 y posteriormente convertido en la Ley 8421. La norma garantiza el acceso igualitario a residentes permanentes y temporarios, mientras que los residentes transitorios y precarios deben afrontar los gastos mediante un seguro o con recursos propios. Las urgencias y emergencias no pueden ser rechazadas.

Mangione sostuvo que la reducción de la demanda permitió optimizar recursos y adquirir 34 ambulancias. Además, consideró que la Nación debería avanzar en convenios de reciprocidad con los países limítrofes para recuperar los costos de la atención brindada a sus ciudadanos.

De acuerdo con datos difundidos por el Gobierno salteño, la demanda de pacientes extranjeros cayó un 95% durante los primeros meses de aplicación del sistema. La Provincia informó también un ahorro de $2.367 millones en nueve meses solamente en el hospital San Vicente de Paul de Orán.

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