En las últimas horas se tomó conocimiento de que el Superior Tribunal de Justicia resolvió rechazar el Recurso Extraordinario Federal interpuesto por el abogado del ex Oficial Cristian Balaguer. De esta forma, quedó firme la condena a años de prisión por el delito de “Homicidio con exceso en el legítimo ejercicio de su cargo”, al provocar la muerte de Víctor “Chucky” Andrade durante una persecución policial. Luego de ser notificada la defensa de Balaguer, se aguarda a que la Justicia disponga su detención.
RIO GRANDE.- Se conoció que el Superior Tribunal de Justicia resolvió rechazar el Recurso Extraordinario Federal presentado por el abogado Francisco Giménez en el marco de la condena al ex Oficial Cristian Balaguer. La defensa del ex miembro de la fuerza policial buscaba que la causa llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que se revea la condena a 5 años.
Tras el rechazo por parte del máximo organismo judicial de la provincia, la pena que le imputo el Tribunal de Juicio quedó automáticamente firme, por lo que en los próximos días desde la Justicia se dispondría la detención de Balaguer.
Cabe recordar que el pasado 25 de agosto de 2015, el Tribunal de Juicio condenó a Balaguer por el delito de “Homicidio con exceso en el legítimo ejercicio de su cargo” por la muerte de Víctor “Chucky” Andrade, hecho ocurrido durante una persecución policial y enfrentamiento con el delincuente acaecido el 21 de septiembre de 2010.
Tras la condena, el abogado defensor de Balaguer, el Dr. Francisco “Paco” Giménez, presentó el recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, el cual resolvió confirmar la condena y la pena impuesta por los miembros del Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte, integrados en aquella ocasión por los Dres. Juan José Varela, Daniel Borrone y Andrés Leonelli.
Luego de dicha resolución, el abogado defensor de Cristian Balaguer solicitó se dé lugar o no a un pedido de Recurso Extraordinario Federal y de esta forma, llevar a que la condena sea “analizada” por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Al ser rechazada la misma se ordenará la detención, en tanto que ahora se deberá computar el tiempo que permaneció detenido y con sistema de prisión domiciliaria, a fin de constatar la misma e informar la pena que restaría por cumplir de forma efectiva encarcelado de la condena de cinco años.
Fuentes judiciales indicaron que Balaguer debería permanecer detenido durante dos meses aproximadamente y en el caso de contar con un informe favorable, podría obtener el beneficio de salidas laborales por diez meses, y de continuar con un comportamiento perfecto, lograría acceder a la libertad condicional en un año aproximadamente.
El caso
El pasado martes 21 de septiembre de 2010, se realizó una persecución policial por las calles de la ciudad. Allí los uniformados observaron al reconocido delincuente Víctor “Chucky” Andrade, quien circulaba a bordo de un cuatriciclo. Sobre esta persona recaía una orden de requisa personal por el robo de cheques al empresario Mazzuchi. Ante la orden de detención, esta persona emprendió una fuga, ocasionando daños a un móvil policial y lesiones a dos uniformados. Para lograr detenerlo, se debió utilizar una escopeta con postas de goma, las cuales le provocaron daños en las piernas del malviviente. Se lograron secuestrar parte de los cheques robados al empresario, los cuales estuvieron siendo utilizados para realizar compras y estafar a diversas personas.
Durante el procedimiento, participó el oficial Cristian Balaguer, quien efectuó el disparo con una escopeta sobre la pierna de Andrade y el Suboficial Ricardo Gualtieri, quien se encontraba brindando apoyo.
Cabe destacar que “Chucky” Andrade permaneció internado por dos días en Terapia Intensiva del Hospital Regional Río Grande debido a que el disparo le provocó un daño sobre la arteria femoral de la pierna, lo que conllevó a una complicación de la salud y su posterior deceso. Por el hecho, el ex Oficial Cristian Balaguer fue imputado y condenado por “Homicidio con exceso en el legítimo ejercicio de su cargo”.