Fiscal Mayor Guillermo Quadrini imputó a Melella por “Abuso Sexual”

2018-10-17 | Javier

El Fiscal Mayor del Distrito Judicial Norte, Doctor Guillermo Quadrini, elevó al Juzgado de Instrucción Nº 2, el requerimiento de instrucción fiscal, en el que pide se investigue las denuncias presentadas contra el Intendente de Río Grande, por el delito de abuso sexual bajo la modalidad de “abuso sexual coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad o de poder”. La investigación la lleva adelante el Juez de Instrucción Nº 2 del Distrito Judicial Norte, Doctor Raúl Sahade.

 

RIO GRANDE.- El delito del que se lo acusa a Gustavo Melella, está previsto en el artículo 119, primer párrafo del Código Penal.

El hecho en concreto sobre el que se hace mención en la demanda en calidad de parte querellante por parte de la víctima, con el patrocinio letrado del Dr. Francisco Giménez, se circunscribe al acontecer fáctico acaecido a mediados del año 2016, en circunstancias en que el denunciante se habría hecho presente en el domicilio de Melella, ubicado en el barrio de Chacra II, y una vez allí, el Intendente lo habría interrogado sobre su situación laboral y le ofreció desempeñar funciones en el Municipio de esa ciudad.

Según se desprende del requerimiento de instrucción efectuado por el Doctor Quadrini, la víctima contó que Melella “lo habría obligado a materializar actos sexuales contra su voluntad frente al temor que, -según su relato- implicaba negarse, dada su condición de Intendente y máxima autoridad de la ciudad”.

Para el Fiscal los hechos descriptos y que forman parte del expediente -en principio y sin perjuicio del devenir de la instrucción- resultarían constitutivos del delito de abuso sexual bajo la modalidad de ¨abuso sexual coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad o de poder¨, previsto y reprimido en el art.119, primer párrafo del Código Penal.

 

En cuanto a las medidas probatorias el Fiscal Mayor sugirió, en adhesión a lo solicitado por la parte querellante que soliciten informes a las compañías telefónicas a las que pertenecen los teléfonos de la víctima y el imputado, con la finalidad de comprobar si las comunicaciones están relacionadas con la investigación.

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