Fue aprobado por unanimidad un pedido de informe elevado por la concejal Miriam Mora en relación al artículo 6 de la Ordenanza Municipal 859/96 respecto del corralón municipal, teniendo en cuenta que este artículo establece que si los vehículos depositados en el corralón Municipal no son retirados dentro del plazo establecido, se considerarán abandonados por sus propietarios y se procederá a efectuar los actos administrativos que correspondan a fin de registrar los mismos a favor del Municipio o a su enajenación mediante subasta pública, por lo cual se emplaza al Ejecutivo Municipal a un plazo de diez días hábiles que informe sobre el mismo.